miércoles, 17 de octubre de 2007

PROPONE EL COMITÉ CONCIUDADANO PERFIL PARA LOS CONSEJEROS ELECTORALES Y EL PROCEDIMIENTO PARA SU ELECCIÓN

  • También plantea los aspectos centrales de lo que debe ser la legislación secundaria en materia electoral
  • El CCRE propone un procedimiento transparente y abierto en todas y cada una de sus etapas
  • La o el Consejero Presidente del IFE deberá tener experiencia administrativa, académica u organizativa probada de por lo menos diez años en materias electorales, de partidos, educación cívica o participación ciudadana
  • La o los consejeros deberán contar con reconocimiento público de su trayectoria académica, profesional o civil a nivel nacional o regional
  • Deberán ser reconocidos por una conducta austera y responsable en el manejo de recursos públicos
  • No podrán ser candidatos los miembros del servicio profesional electoral, ni quien haya sido secretario ejecutivo o director ejecutivo en los cinco años anteriores
  • Tampoco podrán aspirar al cargo quienes hayan militado en partido político alguno en los últimos cinco años
  • La equidad de género debe ser un principio en la conformación de los órganos electorales
  • Es indispensable proteger los espacios de decisión de las autoridades ciudadanas dentro del IFE y fortalecer los consejos locales y distritales
  • El COFIPE requiere un capítulo sobre protección de programas sociales para que no sean empleados con fines electorales
  • El CCRE reitera que es preciso hacer accesible el sistema de justicia electoral a los ciudadanos

El Comité Conciudadano para la Reforma Electoral (CCRE) propone una modificación sustancial al perfil y a los requisitos que establece la ley para ser Consejera (o) Presidente y/o Consejera (o) Electoral del Instituto Federal Electoral. Se requiere de un perfil que se apegue a los principios rectores del Instituto Federal Electoral y a valores democráticos como la tolerancia, el respeto, la no discriminación, la transparencia y la rendición de cuentas.

Considera que la o el Consejero Presidente deberá contar con experiencia administrativa, académica u organizativa probada de por lo menos diez años en materias como legislación electoral y/o procesos electorales y/o partidos y organizaciones políticas y/o administración de procesos complejos o de organización de participación masiva y/o educación cívica y fomento y/o análisis de cultura democrática;

También es necesario que haya ocupado cargos de alta responsabilidad durante su experiencia profesional y que cuente con capacidades probadas para diálogo, resolución de situaciones críticas, diseño estratégico y comunicación pública.

En cuanto a los requisitos legales para las y los consejeros electorales, el CCRE solicita al Congreso de la Unión que sea un requisito no haber militado en partido político alguno en los últimos cinco años.

Estima necesario que se incluya como requisito legal no haber sido miembro del servicio profesional electoral, ni secretario (a) ejecutivo, ni director (a) ejecutivo de organismo electoral alguno en los cinco años anteriores a su designación.

El Comité considera indispensable que las y los Consejeros Electorales cuenten con reconocimiento público de su trayectoria académica, profesional o civil a nivel nacional o regional; incluyendo una trayectoria ética probada.

En cuanto al procedimiento para elegirlos, el Comité Conciudadano propone que se incluya en la ley un procedimiento efectivo, abierto y transparente en cada una de sus etapas para realizar la “amplia consulta a la sociedad” que, de acuerdo con la reforma constitucional, deberá realizarse para que los grupos parlamentarios propongan a la Cámara de Diputados candidatos a ocupar los puestos vacantes en el Consejo General del IFE.

El CCRE considera que la Cámara de Diputados deberá emitir una convocatoria pública única, ampliamente difundida, con al menos 60 días de anticipación a la fecha de elección de las y los consejeros. Sugiere un plazo de quince días para la presentación de candidatos y candidatas por parte de organizaciones de la sociedad civil, colegios profesionales, así como instituciones académicas.

Una vez recibidas las propuestas de candidatos y candidatas, la Cámara de Diputados deberá hacer pública la lista de todos ellos y procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos que establecen la ley y la Constitución.

Después de la verificación del cumplimiento de requisitos, la Cámara de Diputados publicará la lista de aspirantes. El CCRE propone que se forme una Comisión multipartidista para realizar una segunda calificación de candidatos y así depurar la lista mediante entrevistas “de verificación de información”. También deberá hacer pública la lista de los aspirantes que se mantengan después de esta etapa.

Una vez realizado lo anterior, el Comité recomienda que la Cámara de Diputados abra un periodo de diez días para que cualquier ciudadano o ciudadana de modo fundado y motivado, señale objeciones del no cumplimiento de alguno o algunos de los requisitos previstos en la Ley; el órgano legislativo deberá dar vista al señalado o señalada para que manifieste lo que a su derecho convenga.

De la lista de aspirantes que pasen las tres etapas anteriores, cada grupo parlamentario seleccionará dos candidatos por cada posición vacante de consejero y hará públicas las razones y el mecanismo utilizado para llegar a sus propuestas. Los legisladores podrán realizar entrevistas a los postulantes para seleccionar. En este proceso deberá participar todo el grupo parlamentario.

El CCRE solicita que los candidatos resultantes de las postulaciones de cada fracción parlamentaria se den a conocer públicamente.

La Comisión multipartidista deberá realizar entrevistas a profundidad de manera pública a los aspirantes seleccionados

Los candidatos y candidatas que superen las etapas mencionadas deberán ser sometidos a la votación de la Cámara de Diputados, y serán elegidos con el voto de las dos terceras partes de la Cámara.

Por esta única ocasión, el Comité Conciudadano pide al Congreso de la Unión compactar proporcionalmente los tiempos propuestos para cumplir con el plazo de 30 días que se estableció en los transitorios de la reforma constitucional para llenar las vacantes que se generarán en el Consejo General del IFE.

Para el CCRE es indispensable que la ley adopte las recomendaciones de la Oficina en México del Alto Comisionado de Derechos Humanos para incorporar a mujeres como consejeras en todos los niveles extendiendo la equidad de género en la integración de los órganos electorales, desde los funcionarios de casilla, hasta la conformación del Tribunal Federal Electoral.

También considera necesario asignar recursos para la capacitación política y el empoderamiento de las mujeres dentro de los partidos, e incorporar en el COFIPE y en los códigos electorales locales una cuota para la representación de mujeres indígenas y promover la inclusión de la cuota de género en todos los códigos electorales.

La equidad de género y la incorporación de la diversidad social en la constitución de los consejos ciudadanos de los órganos electorales y en las candidaturas de los partidos, es un tema que deberá incorporarse con toda claridad en la reforma legislativa.

Por otro lado, el CCRE manifiesta su preocupación porque se mantengan e incluso fortalezcan en las leyes secundarias las instancias ciudadanas dentro del Instituto Federal Electoral por ser pieza clave de la confianza que esta institución genera en la sociedad civil.

El Comité Conciudadano considera indispensable que tanto el Consejo General, como los Consejos Locales y Distritales del IFE, cuenten con mecanismos deliberativos efectivos para poder tomar decisiones. Por lo tanto, subraya que las comisiones permanentes de consejeros son indispensables para el adecuado funcionamiento del IFE, en especial en temas como organización y capacitación electoral, fiscalización, registro federal de electores y servicio profesional electoral.

Para el CCRE es necesaria una presencia permanente de Consejeros Electorales en los niveles locales y distritales previendo su sustitución escalonada periódica, con la finalidad de involucrarse en los trabajos de educación cívica, evaluaciones al servicio profesional y correcciones a las etapas y procedimientos tanto en proceso electoral como en las transcurren entre procesos. La presencia de los consejeros en los estados y distritos del país no debe darse únicamente durante los procesos electorales, como se realiza actualmente, sino también en las actividades cotidianas del IFE. Resulta indispensable dotarlos de condiciones que les permitan involucrarse y conocer mejor el trabajo cotidiano del IFE y vigilar situaciones que pudieran afectar la calidad de los procesos electorales en épocas no electorales.

Muchas de las nuevas tareas del IFE habrán de suponer un trabajo permanente de los órganos ciudadanos locales y distritales, que permita ofrecer garantías y estabilidad democrática por periodos prolongados. Asimismo, su presencia permanente facilitaría la organización de elecciones locales cuando así lo acuerden las autoridades estatales con el IFE.

Resulta necesario que se establezca en la ley un procedimiento efectivo y ágil de aplicación de sanciones que garantice el cumplimiento de las nuevas prohibiciones establecidas en la Constitución. Los Consejos del IFE deben tener las facultades necesarias para imponer sanciones por la violación a disposiciones electorales a personas físicas o morales, nacionales y/o extranjeras y/o funcionarios públicos que infrinjan las leyes electorales.

Otro tema prioritario para el Comité Conciudadano es incorporar en el COFIPE y otras leyes las previsiones necesarias para proteger los programas sociales de su probable uso con propósitos electorales y de proselitismo. Esta protección deberá extenderse tanto a los programas federales, como a los estatales y municipales y definir los delitos en que se incurra y las sanciones que ameritan.

Para el Comité Conciudadano es inaceptable que los programas para el desarrollo social se conviertan en mecanismos de promoción electoral de funcionarios y agentes locales o de los gobiernos que los llevan a cabo, situación que ocurre en gobiernos de todos los partidos. Resulta moralmente inaceptable el condicionamiento o la presión a los titulares de estos beneficios con fines electorales. El Comité hace un llamado a los legisladores para que se incorporen en la ley las recomendaciones que al respecto derivaron de los trabajos del Alto Consejo para la Protección de los Programas Sociales del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo en México en 2006.

Un tema prioritario para el Comité Conciudadano es hacer más accesible el sistema de justicia electoral para dar efectiva protección a los derechos políticos de ciudadanos. Para ello, se ha elaborado una propuesta detallada que se basa en la oralización de los procedimientos para hacerlos más sencillos y rápidos.

Para el CCRE resulta indispensable que los nombramientos de los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral se lleven a cabo con procedimientos transparentes y de cara a los ciudadanos. Ello con relación a los magistrados que serán sustituidos al implementarse el escalonamiento que ahora exige la reforma constitucional.

El Comité considera que las propuestas para ocupar los cargos de magistrados deben surgir de la Suprema Corte de Justicia, de instituciones académicas y de las organizaciones de la sociedad civil. Los aspirantes deberán contar con una sólida experiencia académica y profesional en derecho público.

Para el Comité Conciudadano es muy importante que las causales específicas para la nulidad de una elección que se incluyan en la ley sean las necesarias para evitar efectivamente la intervención de actores externos o de poderes fácticos en los procesos electorales. Asimismo considera necesario que se recoja en la ley la obligatoriedad para realizar recuentos en elecciones cerradas para tener una certeza absoluta de los resultados.

Se debe reconocer al ciudadano el interés legítimo en el sistema de justicia para combatir los actos jurídico-electorales que desde su punto de vista, vulneren el marco constitucional y legal que regula las elecciones en México. Considera importante que cualquier ciudadano pueda combatir los actos emitidos por los órganos de los partidos políticos o del IFE que en su opinión vulneren sus derechos a votar o ser votado.

Igualmente necesario resulta que la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales cuente con autonomía respecto del Poder Ejecutivo y con mejores instrumentos legales para cumplir de manera efectiva con sus obligaciones como son la redefinición de los delitos electorales en el Código Penal, la inclusión de los mismos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y una capacidad real para recoger las denuncias en todo el territorio nacional.

El Comité Conciudadano manifiesta su interés por trabajar con las diferentes fuerzas políticas para defender los derechos de las y los ciudadanos como eje de la reforma electoral, y reitera la exigencia para que el Congreso de la Unión establezca diálogo con la sociedad civil y escuche las voces de ciudadanos y ciudadanas independientes de los partidos políticos, en este proceso de reforma electoral.

John Ackerman, Sergio Aguayo Quezada, Hugo Almada, Jorge Alonso Sánchez, Silvia Alonso, Rubén Alonso, Ivabelle Arroyo, Alberto Aziz Nassif, Miguel Basáñez, José Bautista, Miguel Bazdrech, Kristian Bernal, Roy Campos, Jesús Cantú, Augusto Chacón, Miguel Concha Malo, José Antonio Crespo, Eréndira CruzVillegas, Oscar de los Reyes, Denise Dresser, Yolanda Elías Calles, Alfredo Figueroa, María Fernanda Gálvez, Rogelio Gómez Hermosillo, Daniela Griego, Octavio Hernández Lara, Ernesto Isunza, Francisca Jiménez, Clara Jusidman, Flavio Lazos, Marcos Leyva, Juan José López, Cristina Martin, María Isabel Martínez Rocha, Irma Rosa Martínez, Alberto Olvera, Joaquín Osorio, Carlos Pérez, Jaime Preciado, Rosa María Rubalcava, Ana Saiz, Gabriel Sánchez, Irma Eréndira Sandoval, Rodrigo Salazar, Isabel Sepúlveda, Brisa Solís, Enrique Valencia, Elio Villaseñor.

Nuestras propuestas se pueden consultar en la siguiente dirección electrónica: www.comiteconciudadano.blogspot.com

Contacto de prensa: Sergio Leñero Tels. 5533-6475 y 76

comiteconciudadano@gmail.com



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martes, 2 de octubre de 2007

El Organismo Electoral Mexicano y sus Transformaciones, por Jorge Alonso



Este trabajo hace un recorrido por las diversas modalidades que ha tenido el organismo encargado de organizar las elecciones después de la Revolución Mexicana. Se presentan los problemas del Instituto Federal Electoral responsable de las elecciones presidenciales de 2006, sus cuestionamientos y las diversas posiciones en torno a una nueva reforma electoral y remoción del Consejo General del IFE.

Jorge Alonso es Doctor en Antropología, Investigador en el CIESAS, Consejero Local del IFE en Jalisco.

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